La Comisión Nacional de Valores de Paraguay alertó sobre una empresa que ofrece servicios cripto de inversión en línea y opera ilegalmente porque no se encuentra debidamente registrada.
Se trata de la compañía BTCInvestimiento.com, que promociona sus ofertas a través de las redes sociales, medios de comunicación, y medios de acceso virtual, con una ganancia de 1.0% a 2.0% diariamente, por 300 días, según el monto invertido en criptomoneda, informó el medio Hoy de ese país suramericano.
La Comisión advirtió que la empresa tampoco se halla habilitada para realizar oferta pública de valores en ese país, según lo dispuesto en la Ley N° 5810/17 “Mercado de Valores”.
Asimismo agregó que los inversores que a su vez actúen de promotores y capten a otras personas podrían ser multados o privados de su libertad por el delito.
BTCInvestimiento.com se autodenomina como una empresa de criptomonedas cien por ciento paraguaya. Su principal aporte es la posibilidad de promover los planes de inversión de los clientes, dándoles una ganancia por la cantidad de personas que logren captar.
Los promotores o gestores de la compañía realizan la oferta pública de valores sin siquiera estar habilitados, por lo cual la Comisión advierte que la ley de Mercado de Valores establece una sanción de pena privativa de libertad de hasta tres años o multa por esta irregularidad.
ADVERTENCIA PARA EL PÚBLICO EN GENERAL
A raíz de ofrecimientos publicitados por https://t.co/HzMRMf0Sjh, promocionando en redes sociales, en medios de comunicación, y en medios de acceso virtual, "planes de inversión", se advierte los siguiente: pic.twitter.com/jGvXWDr6Xs— CNV Paraguay (@cnvparaguay) December 4, 2019
La Comisión Nacional de Valores Paraguaya explicó que desde el momento en que la empresa BTCInvestimiento ofrece al público inversionista «planes de inversión» a través de «Contrato de Servicio de Inversión», realiza una oferta de valores, en virtud de lo establecido en los artículos 4° y 8° de la Ley N° 5810/17 «Mercado de Valores».
«El artículo 4° de la Ley N° 5810/17 establece: «Es oferta pública de valores aquella que se hace al público en general o a grupos determinados, por cualquier medio de comunicación o mediante ofrecimientos personales, para efectuar cualquier acto jurídico sobre los mismos», agregaron.
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